Resolución General AFIP Nº 2806/2010

26 de Marzo de 2010

 

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 05 de Abril de 2010

Boletín AFIP Nº 154, Mayo de 2010, página 1104

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Decreto N° 34/09. Norma conjunta Resolución General N° 2.595 (AFIP), Resolución N° 3.253 (ONCCA) y Disposición N° 6 (SSTA), su modificatoria y com plementaria. Sistema de emi-sión, seguimiento y control de Carta de Porte. Transporte automotor y ferroviario de carga de granos. «CTG». Intercambio de información a través del servicio «web». Norma complementaria.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-CARTA DE PORTE-TRANSPORTE AUTOMOTOR-GRANOS

contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-55-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que mediante el Título II de la norma conjunta Resolución General Nº 2.595 (AFIP), Resolución Nº 3.253 (ONCCA) y Disposición Nº 6 (SSTA) del 14 de abril de 2009, su modificatoria y complementarias, se prevén los requisitos, plazos y demás condiciones para solicitar y obtener el Código de Trazabilidad de Granos «CTG».

Que atendiendo a la experiencia recogida desde su vigencia, resulta aconsejable incorporar una nueva metodología para obtener y confirmar el mencionado «CTG».

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


contraer Artículo 1 Texto vigente según RG AFIP Nº 3113/2011:

ARTICULO 1° – Los sujetos indicados en el Artículo 28 de la norma conjunta Resolución General N° 2595 (AFIP), Resolución N° 3253/09 (ONCCA) y Disposición N° 6/09 (SSTA), su modificatoria y complementarias, así como los responsables del destino de los granos, a los fines de acceder a todas las opciones previstas en el servicio «CODIGO DE TRAZABILIDAD DE GRANOS – CTG», podrán utilizar el procedimiento de intercambio de información basado en el servicio «web», cuyas especificaciones técnicas se encuentran consignadas en los Anexos I y II de la presente.

Modificado por:

expandir Artículo 1 Texto original según RG AFIP Nº 2806/2010:

contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- En el caso de inoperatividad de los sistemas de esta Administración Federal, los procedimientos que no pudieran ser efectuados deberán realizarse dentro de las VEINTICUATRO (24) horas contadas a partir del momento del restablecimiento de los mismos.

contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

contraer Artículo 4:

ARTICULO 4º.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese a la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) y a la Subsecretaría de Transporte Automotor (SSTA), y archívese.


contraer ANEXO I – RG N° 2806(AFIP).

contraer ANEXO II – RG N° 2806(AFIP).


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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