Resolución General AFIP Nº 3502/2013

17 de Mayo de 2013

 

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 21 de Mayo de 2013

ASUNTO

CUADRO TARIFARIO, para las prestaciones que en carácter Servicios Extraordinarios realice el personal de la Dirección General de Aduanas.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ADUANAS-SERVICIO ADUANERO-PRESTACION DE SERVICIOS

Contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12233-12-2013 del Registro de esta Administración Federal, y

Contraer CONSIDERANDO

Que resulta necesario actualizar el Cuadro Tarifario, oportunamente aprobado por la Resolución General 3406 (AFIP) del 3 de diciembre de 2012, para aplicación en los Servicios Extraordinarios que se cumplen en virtud del artículo 773 del Código Aduanero.

Que han tomado la intervención que les compete, la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Recursos Humanos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4º, 6º, 7º y 9º del Decreto PEN Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º – Apruébase el nuevo Cuadro Tarifario para las prestaciones que en carácter Servicios Extraordinarios realice el personal de la Dirección General de Aduanas, el cual se consigna en el Anexo que forma parte de la presente.

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2º – Esta Resolución General entrará en vigencia a partir del 1º de junio de 2013.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º – Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.


Contraer ANEXO


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


 

 

 

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