Resolución General AFIP-DGA Nº 79/2010

25 de Noviembre de 2010
Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 30 de Noviembre de 2010

ASUNTO

ADUANAS – Resolución 79/2010 – Cuadro Tarifario para las prestaciones que, en carácter de Servicios Extraordinarios, realice el personal de la Dirección General de Aduanas.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

ADUANAS-SERVICIO ADUANERO

contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12128-146-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que a través del Acta Acuerdo Nro. 10/10, suscripta entre esta Administración Federal y las Entidades Sindicales representativas del personal del Organismo, se acordó incrementar la masa salarial, con vigencia a partir del 1 de julio de 2010.

Que, en consecuencia, resulta necesario adecuar el Cuadro Tarifario vigente de Servicios Extraordinarios, en virtud de lo dispuesto en el Anexo II, Apartado VII «Servicios Extraordinarios y Servicios en Días y Horas Hábiles», Punto 8 «Metodología de Cálculo de la Liquidación» de la Resolución General Nº 665, según texto de su similar Nº 2568, de acuerdo con los nuevos valores que surgen de la aplicación del incremento salarial indicado.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, y de Recursos Humanos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Anexo II – Punto I de la Resolución General 2568.

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:


contraer Artículo 1:

Artículo 1º – Apruébase el nuevo Cuadro Tarifario para las prestaciones que, en carácter Servicios Extraordinarios, realice el personal de la Dirección General de Aduanas, el cual se consigna en el Anexo que forma parte de la presente.

contraer Artículo 2:

Art. 2º – Esta Resolución entrará en vigencia a partir del 1º de diciembre de 2010.

contraer Artículo 3:

Art. 3º – Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.


contraer Anexo Resolución 79/2010 (DGA)


FIRMANTES

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