26 de Febrero de 2010
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 05 de Marzo de 2010
Boletín AFIP Nº 153, Abril de 2010, página 892
ASUNTO
IMPORTACION. Valores criterios de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.720. Su modificación.
GENERALIDADES
TEMA
IMPORTACIONES-VALOR DE LA MERCADERIA
VISTO
VISTO la Actuación SIGEA N° 10462-184-2009 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 2.720 estableció los valores criterio para las mercaderías comprendidas en la posición arancelaria NCM 8715.00.00.
Que corresponde sustituir su Anexo I a fin de precisar la correcta unidad de medida aplicable a los citados valores criterio.
Que la Resolución General Nº 2.730 dispuso que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I «Listado de mercaderías con valor criterio» de la Resolución General N° 2.720 por el Anexo de igual denominación, que se aprueba y forma parte de la presente.
Modifica a:
- Resolución General Nº 2720/2009 (Anexo sustituido)
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Lo dispuesto en la presente será de aplicación a partir del día de publicación de la presente en el Boletín Oficial.
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.
ANEXO I – RG N° 2777(AFIP).
FIRMANTES
Ricardo Daniel Echegaray
AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar