01 de Junio de 2010
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 07 de Junio de 2010
ASUNTO
Transporte Internacional Terrestre. Reconocimiento de precintos aduaneros utilizados por el Servicio Nacional de Aduanas de la República de Chile. Resolución N° 2.382/91 (ANA), sus modificatorias y sus complementarias. Su modificación.
GENERALIDADES
TEMA
TRANSPORTE TERRESTRE-ADUANAS-CHILE
VISTO
VISTO la Actuación SIGEA N° 12048-111-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Resolución Nº 2.382 (ANA) del 11 de diciembre de 1991, sus modificatorias y sus complementarias, estableció las normas relativas a la aplicación del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Que el Servicio Nacional de Aduanas de la República de Chile, mediante Oficio Nº 697 del 15 de enero de 2010, comunicó y remitió oficialmente el modelo de precinto aduanero que actualmente utiliza en las operaciones de tránsito internacional.
Que de acuerdo con la evaluación efectuada, tal precinto cumple con las características que establece el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Que en consecuencia, corresponde disponer su incorporación a la Resolución Nº 2.382/91 (ANA), sus modificatorias y sus complementarias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 618/1997 Articulo Nº 7
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución Nº 2.382 (ANA) del 11 de diciembre de 1991, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyese el Anexo I «M» «Indice Temático», por el Anexo I «N» que se aprueba y forma parte de la presente.
b) Sustitúyese el Anexo VIII «D» «Reconocimiento de Precintos – Nómina de Países y Modelos», por el Anexo VIII «E» que se aprueba y forma parte de la presente.
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia a partir del décimo día hábil administrativo inmediato siguiente, inclusive, al de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Grupo Mercado Común -Sección Nacional-, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduana de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese.
ANEXO I «N» RESOLUCION Nº 2.382/91 (ANA)
(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL N° 2.846)
INDICE TEMATICO
ANEXO VIII «E» RESOLUCION Nº 2.382/91 (ANA)
(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL N° 2.846)
RECONOCIMIENTO DE PRECINTOS – NOMINA DE PAISES Y MODELOS
FIRMANTES
Ricardo Daniel Echegaray
AFIP – Biblioteca Electrónica
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